Avanzar en igualdad de género sin perder libertad religiosa. Propuestas desde la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

Cuestiones de pluralismo, Volumen 3, Número 1 (1er Semestre 2023)
11 de Mayo de 2023
DOI: https://doi.org/10.58428/BUGZ5405

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Por Montserrat Gas Aixendri

La igualdad efectiva entre hombres y mujeres requiere contar con todos los agentes sociales, incluyendo las organizaciones religiosas. La Agenda 2030 permite impulsar un enfoque postsecular del conflicto entre libertad religiosa e igualdad de género, implementando políticas que armonicen ambos valores, sin que avanzar en uno signifique renunciar al otro.


 

Libertad religiosa e igualdad de género aparecen a menudo como valores en competencia. Avanzar en igualdad no debería significar perder diversidad ni renunciar a la legítima libertad religiosa. Si los derechos humanos deben ser entendidos como un sistema de derechos interrelacionados y no en oposición, debería encontrarse un justo balance entre ambos aspectos, como subraya Nazila Ghanea, actual Relatora de Naciones unidas sobre libertad religiosa y de creencias.

Los medios jurídicos deben ser empleados, pero posiblemente no sean los más eficaces para acortar las distancias entre los términos de este -real o aparente- dilema. El compromiso de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de “no dejar a nadie atrás” constituye una promesa de acabar con la discriminación mediante estrategias amplias para el desarrollo, la democratización y la consolidación de la paz. Desde esta perspectiva parece posible impulsar un nuevo enfoque post-secular de las relaciones entre libertad religiosa e igualdad de género.

Un informe del Danish Institute for Human Rights, sobre promoción de la libertad religiosa y de la igualdad de género, destaca que para algunos la libertad religiosa es vista como un obstáculo inherente para lograr la igualdad; para otros en cambio, la igualdad de género se considera una amenaza para la protección de los valores y las prácticas religiosas. Las tensiones en esta materia resultan particularmente visibles allí donde están presentes diversas culturas, con un panorama amplio de diversidad religiosa.

Los esfuerzos realizados hasta ahora para la armonización de estos derechos a partir de la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, parecen todavía insuficientes. El Relator de Naciones Unidas sobre libertad religiosa y de creencias Heiner Bielefeldt afirmaba en su informe de 2013 que las sinergias entre la libertad de religión o creencias y la promoción de la igualdad de género siguen siendo sistemáticamente inexploradas, desalentadas o deslegitimadas. Por su parte, Relaño Pastor propone una aproximación amplia, capaz de apreciar los elementos sinérgicos entre los dos derechos en lugar de dar por sentado el conflicto.

Raíces del conflicto entre igualdad de género y libertad religiosa

La relación entre igualdad de género y religión es indudablemente compleja debido a las numerosas interrelaciones que comporta, y a que las interpretaciones antagonistas entre estos dos derechos a menudo se basan, tanto en estereotipos de género, como en estereotipos religiosos. Son numerosos los estudios sobre la relación entre religión y género. Unos conectan el descenso de la religiosidad con una mayor igualdad de género. Otros concluyen que no todas las religiones implican un obstáculo a la igualdad. Está claro que las religiones institucionalizadas contribuyen a construir las normas sociales y los roles de género de una determinada cultura. Sin embargo, el papel de la religión en la perpetuación de las normas que promueven la desigualdad de género es complejo, porque las religiones en sí mismas no son realidades monolíticas.

Para entender mejor esta confrontación es útil tener en cuenta dos cuestiones que están en el origen del debate: la progresiva secularización de occidente y el fenómeno de la globalización cultural. La tendencia a creer que igualdad y secularidad son valores asociados, mientras la religión se vincula con la desigualdad de género se revela algo simplista. Las feministas de la segunda ola consideraron las prácticas religiosas como perjudiciales para las mujeres, pasando por alto su carácter multidimensional. Dichos estudios centraban la atención en las cuestiones teóricas y teológicas, olvidando el influjo de las creencias en la vida ordinaria de muchas mujeres. Este análisis unidimensional tiende a crear un nuevo estereotipo: el de la mujer creyente y sometida, que se opone radicalmente a la feminista liberada, que suele ser blanca y occidental. Esta construcción no solo cosifica y homogeneiza la igualdad de género, sino que refuerza las ideas neocoloniales sobre lo que se considera moderno y civilizado.

La investigación reciente está intentando ir más allá de esta polarización. Trabajos como los de Mahmood, Scott y otros, dan un giro postsecular visible en el creciente interés académico por los derechos e identidades de las mujeres religiosas en países con políticas secularistas establecidas que han limitado los derechos religiosos. Se comprueba que estas medidas tienden a obtener impactos contrarios al deseado, con el surgimiento de corrientes fundamentalistas y una reacción contracultural que favorece los roles de género considerados tradicionales. La secularización aparece más bien como un fenómeno ambivalente en el que, mientras algunas mujeres se liberan del supuesto lastre de la religión, otras pasan a sufrir una discriminación sinérgica basada en varios factores simultáneos (ser mujer y ser creyente).

Por otra parte, las cuestiones relacionadas con la igualdad, el género y la religión tocan el núcleo del debate de la globalización, creando complejas brechas sociales, culturales e ideológicas. En la última década del siglo XX cobraron un nuevo impulso las políticas de identidad que llevaron a cuestionar el corpus de derechos humanos, por su actitud excluyente. El paradigma secular euroamericano sobre la igualdad de género, es entendido en este contexto como una nueva forma de colonialismo. Los movimientos críticos del etnocentrismo en el campo del género han denunciado la violencia ejercida por occidente hacia otras culturas. Las normas internacionales de derechos humanos son vistas como una herramienta para imponer una visión de la mujer y de la sexualidad, sin tener en cuenta los problemas más urgentes de al menos dos tercios de las mujeres en el mundo. Esta brecha, que separa cada vez más a los dos mundos, está siendo denunciada por las feministas del Sur, que consideran estas políticas como racistas, sexistas e imperialistas, y en gran parte ajenas a sus valores culturales. Vega considera que se está cometiendo el error de promover una visión sobre la igualdad de género como si fuese la única. Deberíamos por eso poner de nuevo en el centro del debate el compromiso de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena (1993) de armonizar los derechos fundamentales, reconociendo a la vez el derecho a la diferencia en sociedades crecientemente multiculturales.

Los límites de la libertad religiosa y el papel neutral del Estado

Una sociedad democrática debe construirse sobre un sano equilibrio entre la neutralidad del Estado y el respeto de la legítima libertad de los ciudadanos. La neutralidad de los poderes públicos supone que éstos procuran no tomar postura por una posición ideológica, imponiendo una determinada visión sobre la igualdad de género.

Como sostiene el informe de 2013 del Relator Bielefeldt, los conflictos entre la libertad de religión o creencias y la igualdad de género pueden basarse en meras conjeturas. Es necesario por tanto examinar cuidadosamente la naturaleza de cada conflicto, realizando una equilibrada ponderación de los derechos en juego. Una vez garantizado que no nos encontramos una limitación que afecta a la salvaguarda de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública protegidos por la Ley en el ámbito de una sociedad democrática (art. 18.3 ICCPR), la decisión sobre las tensiones entre los dos derechos requiere un atento análisis. Como señala Evans, estas áreas de conflicto son mucho más complejas, y resulta problemático plantear una intervención del Estado sin interferir en la organización interna de las religiones, con efectos negativos para la libertad religiosa. En primer lugar, las limitaciones deben hacerse de la manera menos lesiva, ya que el efecto de las normas de igualdad puede ser muy variado según los grupos a los que se aplique. En segundo lugar, deberá salirse al paso del riesgo de imponer estándares de igualdad de género ajenos a una determinada tradición, cultura o grupo social. Como señala Westen, la igualdad es un concepto jurídico vacío, de modo que todo juicio sobre ella está condicionado por una determinada cosmovisión cultural, ética o religiosa, determinando la idea de persona y de relaciones. Para ello, cabe acudir, entre otras, a la doctrina del margen de apreciación, elaborada por la Corte de Derechos Humanos de Estrasburgo ante la dificultad de aplicar estándares homogéneos a diversidad de tradiciones jurídicas, culturales y religiosas.

En las legislaciones nacionales, las leyes sobre igualdad son herramientas para asegurar la tolerancia mutua y la igualdad de derechos frente al desacuerdo. Debería sin embargo haber un balance adecuado de este principio con los aspectos relacionados con la libertad, manifestados en los elementos distintivos de los grupos sociales. De lo contrario, se pierde la fuerza que los aglutina y les da sentido identitario. La idea sobre qué significa la igualdad de género forma parte de las guerras culturales (culture wars) que caracterizan nuestro mundo globalizado y que reflejan viejas tensiones entre la esfera secular y la religiosa. Buen ejemplo de ello es el caso Leyla Sahin en el que la Corte de Estrasburgo erró al conectar la prohibición de velo con la igualdad de género. Se trata de un caso emblemático sobre cómo una determinada idea de igualdad puede afectar negativamente a la libertad de las mujeres.

Avanzar en igualdad sin perder diversidad: una propuesta desde la Agenda 2030

La compleja relación entre libertad religiosa e igualdad de género ha llevado a considerar que se trata de normas excluyentes, de modo que el avance para uno significaría un retroceso para el otro. Los intentos de conciliación parecen entonces un intento posmoderno de equilibrar la comprensión secular y religiosa de la igualdad de género a través de un enfoque fragmentado, práctico y basado en el contexto. Eso puede resolver problemas concretos, pero difícilmente conciliará las diversas concepciones. Cabría pensar también en opciones como los medios alternativos de resolución de conflictos, y las políticas proactivas para prevenir litigios, pero eso parece también insuficiente. Nuestras sociedades, cada vez más plurales, demandan nuevas estrategias, no sólo para resolver las controversias entre derechos humanos, sino para alcanzar un mayor desarrollo, democratización y consolidación de la paz, siguiendo el impulso introducido por la Agenda 2030. Desde el Proyecto I+D+i sobre Igualdad de género y creencias en el marco de la agenda 2030, financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación, se está trabajando para encontrar estrategias de conciliación entre estos derechos fundamentales, más allá de las guerras culturales, y lograr superar tanto los estereotipos de género como los estereotipos religiosos.

El primer paso es centrarse en los problemas y las necesidades reales de las mujeres. Las formas actuales de oponerse la religión y la secularidad en relación a la igualdad de género producen formas de polarización que obstaculizan la percepción y la escucha de lo que las mujeres necesitan. Escuchar y empoderar a las mujeres dentro de las comunidades religiosas debería ser uno de los principales objetivos en los esfuerzos por armonizar la libertad religiosa con la igualdad de género.

Por otra parte, la experiencia demuestra que legislación antidiscriminatoria no permite por sí sola ganar la batalla contra la intolerancia. El éxito pasa más bien por promover un cambio en las actitudes y en los comportamientos. Es mejor motivar con pequeños incentivos, que prohibir o imponer conductas, como sostienen Thaller y Sunstain en su teoría de los nudges. Deberá por ello priorizarse todo lo que facilite un cambio de actitud hacia la discriminación por razón de género en el ámbito religioso. Por ejemplo, fomentando que las religiones reflexionen sobre el liderazgo y la aportación de las mujeres en puestos de decisión. Y descubriendo modos en que los líderes religiosos pueden contribuir a eliminar los estereotipos de género en el seno de sus organizaciones (ODS 5).

Por eso los desarrollos de la igualdad de género en el seno de las confesiones religiosas serán más eficaces en la medida que no traten de ser impuestos dese fuera, sino que provengan de los propios creyentes, como titulares del derecho de libertad religiosa colectiva (ODS 16). Esto les permite transformarse desde sus propios valores y tradiciones, sin perjuicio del respeto debido a los derechos fundamentales, y concretamente a la igualdad y no discriminación. En este sentido, son clave los movimientos que, desde dentro de los grupos religiosos, están abriendo paso a una mayor participación de las mujeres tanto en la interpretación de los textos doctrinales, como en puestos de responsabilidad en la administración de las instituciones religiosas.

Lejos de los intentos laicistas de eliminar la religión del espacio público, debería contarse con las instituciones religiosas como agentes de cambio social para lograr una igualdad de derechos multidimensional (ODS 17). Muchos líderes y comunidades religiosas están fuertemente comprometidos con los derechos humanos y con la construcción de la paz. Los valores religiosos puede ser una fuente de motivación en las luchas por la inclusión y la no discriminación. Hay un gran fuerza e influencia en los mensajes de las religiones, incluso cuando no son estrictamente religiosos.

Para superar una visión particular sobre cómo debe entenderse la igualdad entre mujeres y hombres, es necesario también abrirse a otras lecturas de la misma que cabe encontrar en algunas tradiciones religiosas y culturales. A menudo solo se repara en las rígidas normas sobre las relaciones de género, pero no se observa cómo esas mismas normas han empoderado de diversos modos a las mujeres. El concepto de equidad de género, acogido o incorporado a algunas miradas cristianas sobre la diferencia de sexo/género, promueve tratar a las personas de acuerdo con sus necesidades para asegurar igualdad de derechos y oportunidades. En el campo de la solidaridad entre sexos y entre generaciones, se ha elaborado el concepto de complementariedad y corresponsabilidad, en un contexto sustancialmente igualitario. Cabe afirmar que el cristianismo en general aporta a la idea de igualdad un fundamento metafísico y un interesante equilibrio entre las identidades individuales y colectivas y las estructuras políticas. Pueden encontrarse elementos análogos en otras tradiciones religiosas.

Por último, y no menos relevante es promover una estrategia preventiva mediante la educación, tal como indica el ODS 4. Es importante la promoción de programas educativos en derechos humanos, buscando la eliminación de los patrones de comportamiento que reflejan prejuicios basados en la inferioridad de la mujer (Art. 5 CEDAW). Se deben eliminar asimismo los eventuales estereotipos religiosos subyacentes al activismo por la igualdad de género. Para ello, será necesario incorporar a las acciones y programas para la igualdad de género un enfoque acerca del pluralismo religioso y una perspectiva de género a las políticas diseñadas para promover la libertad religiosa.

El camino hacia la igualdad efectiva entre hombres y mujeres es un trayecto inacabado, en el que hay todavía muchas discriminaciones que pueden y deben eliminarse contando con la contribución de todos los agentes sociales, incluyendo las organizaciones religiosas. Es por ello necesario impulsar un nuevo enfoque postsecular del conflicto entre libertad religiosa e igualdad de género, implementando políticas flexibles que tiendan a armonizar ambos valores sin que avanzar en uno signifique renunciar al otro. La democracia, en efecto, significa crear un espacio donde todas las voces puedan ser escuchadas para alcanzar los compromisos que el desarrollo sostenible requiere, sin dejar a nadie atrás.

Cómo citar este artículo

Gas Aixendri, Montserrat, "Avanzar en igualdad de género sin perder libertad religiosa. Propuestas desde la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible", Cuestiones de Pluralismo, Vol. 3, nº1 (primer semestre de 2023). https://doi.org/10.58428/BUGZ5405

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