El concierto educativo como simple coartada
Con una voluntad extendida de ofrecer y aceptar la separación, y con unos poderes públicos que se inhiben sistemáticamente de sus deberes, el derecho de elección de centro se convierte en mera coartada para la ilegítima, e ineficaz educativamente hablando, selección de alumnado, y no por convicciones ideológicas particulares, sino básicamente por diferencias de origen social, económico o cultural. Utilizado de esta manera, el concierto pasa de ser un instrumento de protección de la libertad ideológica en el ámbito educativo a convertirse en una herramienta que solo promueve la reproducción sociológica.
Esta vía híbrida así planteada no aporta ni el incremento de calidad ni la cohesión social prometidas. El caso vasco demuestra precisamente, aunque no lo explique únicamente este factor, la endeblez del planteamiento. La comunidad autónoma que más invierte en centros de titularidad privada exhibe también un declive de rendimientos, constante y persistente en estos diez últimos años que se observa en todas las evaluaciones practicadas y tanto en centros públicos como en centros concertados, y un enorme nivel de segregación educativa que va más allá de la segregación residencial.
Si ordenamos los centros vascos que imparten Educación Secundaria Obligatoria por su índice socioeconómico y cultural, ningún centro público aparece entre los 50 primeros. Observado desde otro nivel, de los 84 centros de Educación Primaria con alto nivel de complejidad educativa solo ocho son centros privados concertados, siendo los otros 76 centros de titularidad pública. Son los centros de titularidad pública los que escolarizan dos terceras partes del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y una proporción aún mayor de alumnado de origen extranjero, pese a ser únicamente la mitad del conjunto.
Y si analizamos esa otra segregación menos visible a primera vista, como es la de los resultados, podemos observar que el diferencial de rendimientos escolares de ese alumnado de origen extranjero respecto del autóctono es de los más altos de todas las comunidades autónomas, por ejemplo. O que la Comunidad Autónoma del País Vasco es una de las que cuenta con menor índice de alumnado resiliente, aquel que procedente de entornos desfavorables es capaz de alcanzar un nivel avanzado de rendimiento. Y estas son solo algunas muestras de una segregación ampliamente documentada en distintas investigaciones.
Esta segregación se ha hecho tan ostensible y tan insostenible a la vez, afectando a la equidad del sistema educativo, que la Administración vasca se ha visto obligada a programar medidas “correctoras” en los procesos de admisión de los centros. No trata, ciertamente, de restaurar los principios de gratuidad, planificación y participación. De hecho, ni siquiera forma parte de ellas, al menos por ahora, separar la financiación pública de la lógica mercantil ajustándola a los principios constitucionales mediante su control efectivo. El planteamiento de fondo de las autoridades educativas vascas es otro: incentivar aún más la oferta mediante la más amplia financiación posible para que “haya más dónde elegir”, según sus propias palabras, y estimular asimismo la demanda, para propiciar que más familias encuentren un proyecto educativo “de su agrado”.
Hasta aquí, nada sugiere una distinción específica respecto a políticas educativas desarrolladas en otras comunidades autónomas, más allá de su magnitud. Pero sí se aprecia un elemento cualitativo sustancial cuando se analiza más a fondo el mecanismo corrector implantado para atemperar la segregación que promueve: la reserva de plazas para alumnado vulnerable en todos los centros sostenidos con fondos públicos, con dos situaciones diferenciadas en el proceso de admisión, al estilo del establecido en Cataluña. Su objetivo declarado es que en un horizonte de quince años, la composición de todos los centros, tanto públicos como concertados, refleje de forma más equilibrada la diversidad social de su entorno más cercano.
La medida, implementada este curso, muestra claramente el deslizamiento del paradigma, porque hay un elemento básico que no se tiene en cuenta en este renovado proceso de ingreso (además del hecho singular de la lengua, que no es objeto de este análisis), y es la pluralidad ideológica. El algoritmo desarrollado por la Administración vasca, como toda su política educativa, parte de la ficción de que todos los centros sostenidos con fondos públicos son iguales, obviando la existencia de distintas titularidades y distintos idearios, e ignorando asimismo que la solicitud presentada puede expresar una opción ideológica concreta.
Como consecuencia, un estudiante que aspira a una educación laica puede acabar inscrito en un centro confesional, o un estudiante de una confesión distinta de la católica puede acabar matriculado en un centro católico. Igualmente puede ocurrir que quien desea una educación en un centro privado confesional acabe en un centro público, necesariamente aconfesional, aunque esta última opción no suponga un problema del mismo calado. Como ha señalado recientemente el Tribunal Constitucional en su sentencia 26/2024, el centro de titularidad pública supone, por su condición laica, un entorno formalmente neutral frente a las convicciones ideológicas particulares, y por lo tanto, no entra en contradicción con las convicciones religiosas del menor o su familia, como en las otras dos posibilidades anteriormente apuntadas. Porque ¿es igualmente neutral un centro de titularidad privada, creado y concertado justamente por responder a una motivación singular?